martes, 27 de septiembre de 2011

Decreto Emergencia Hídrica

Decreto de Emergencia Hídrica sancionado por el Departamento Ejecutivo Municipal donde se prohíbe el mal uso del agua en todo el ejido urbano de Río Ceballos.
El agua podrá utilizarse únicamente como bien domestico: para el aseo personal, preparación de comidas y bebida, sin interesar el origen de la misma.
Para las actividades no enumeradas en este Decreto se podrá importar agua por medio de camiones cisternas desde otras localidades que no se encuentren en crisis hídrica, ante lo cual los inspectores podrán requerir los comprobantes de pago que acrediten la adquisición del líquido elemento en dichas localidades.


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